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FECHA LÍMITE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LIQUIDEZ.
DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIONES EFECTUADAS A SUJETOS NO OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE.
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La Circular Externa 000003 de 2018, establece que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) de los grupos C1 y C2 Públicos, Privados y Mixtos deben realizar la divulgación bienal del reporte de implementación del Código de Conducta y de Buen Gobierno mediante el Anexo Técnico GT001, con plazo máximo de reporte el 30 de junio de 2020.
El pasado 31 de marzo de 2020, la Superintendencia Nacional de Salud, expidió la Circular Externa No. 000006 de 2020, en la que se imparten instrucciones adicionales a la Circular Externa No. 004 de 2020 para el reporte de la información, cuyas disposiciones aplican el corte comprendido entre los meses de febrero de 2020 y septiembre del presente año.
Teniendo en cuenta la coyuntura ocasionada por la reciente emergencia sanitaria, el pasado 19 de marzo de 2020, la Superintendencia Nacional de Salud, expidió la Circular Externa No. 000004 de 2020, en la que se imparten instrucciones para el reporte de información, aplicable para el corte de febrero de 2020 y hasta septiembre del presente año.